Transcurridos tres meses desde la fecha de la solicitud sin que tenga reflexivo en el expediente académico la misma, el interesado debe entenderla desestimada, pudiendo interponer medio de alzada ante el Rector de la Universidad, en el plazo de un mes. Los y las aspirantes que tendrán exención de plazo https://www.google.com.cy/url?q=https://tramites10.com/